

LOS DEUDORES EN DÓLARES
Por Julio María Sanguinetti
Desde que , a raíz de la devaluación del 2002, se planteó el tema de los deudores en dólares, hemos formulado desde esta página dos definiciones básicas: l) no se pueden pesificar las deudas, porque ello significaría violar las normas legales y contractuales y ,además, porque en ese mismo instante sería imposible respetar a los ahorristas en dólares, que tienen todo el derecho a reclamar su crédito; 2) que había que buscar medidas de alivio, extendiendo plazos y exonerando impuestos, como efectivamente se hizo, para que las cuotas fueran pagables por gente que había visto un cambio total en su ecuación personal. Los mismos principios servían - y sirven- para sostener que cualquier definición sería deseable que se dispusiera por vía administrativa y no legal.
Las medidas adoptadas no han sido , como es natural, suficientes y en las últimas semanas ha recrudecido el debate al respecto. Incluso un grupo de diputados del Foro,a título personal, presentó un proyecto de ley de refinanciación, no porque creyeran que era mejor una solución legal sino como un aporte más para aproximarse a la línea del alivio en los pagos.
El hecho es que en las negociaciones realizadas en estos días, se han logrado mejoras . Incluso los bancos privados llegaron a un acuerdo con el Ministro de Economía para no impulsar ninguna ejecución de sus deudores por 45 días. Al mismo tiempo, se logra una rebaja en las cuotas, que no excederán de 2/3 del monto contractual, naturalmente extendiendo el plazo. Este porcentaje no es caprichoso. Responde a una realidad: si no hubiera mediado la devaluación, con la banda cambiaria de la época, el dólar estaría en unos 23 pesos, y está hoy alrededor de 28-29, de modo que con esa reducción se estaría en situación análoga. A esa rebaja se le añaden exoneraciones de IVA en los intereses y algunos otros alivios tributarios.
En esas conversaciones, en que participaron tanto los legisladores del Partido Colorado como del Partido Nacional, se ha tratado de buscar un camino convencional, administrativo, que evitará la imposición legal, de penosas consecuencias para el crédito del país y la imprescindible restauración de la confianza pública. Una ley que modificara las contratos tendría los siguientes inconvenientes: l) sería inconstitucional por cambiar retroactivamente un contrato que es, según nuestro derecho, ley entre las partes; 2) golpearía a la actividad bancaria, muy restringida ya, disminuyendo definitivamente el crédito y provocando, casi seguramente, el alejamiento de algún banco exranjero; 3) haría caer el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional, con el consiguiente cataclismo financiero; 4) sería un nuevo factor de desconfianza que, lejos de mejorar los depósitos bancarios, induciría a retirarlos. Es fundamental asumir estas conclusiones, porque de lo contrario no se calibra suficientemente el esfuerzo que se hace y no se termina de entender que, cuando hay oposición a una ley, no se trata de un capricho sino de una necesidad impuesta por la realidad.
En cualquier caso, los deudores en dólares tendrán claro a partir de ahora que el Foro Batllista, el gobierno y la mayoría del Partido Nacional han hecho el mayor esfuerzo por encontrar las soluciones posibles, aún con sacrificio fiscal. Y que de este modo se atenúa sustancialmente el impacto de la devaluación. Naturalmente, habrá situaciones personales dañadas por la crisis general y como consecuencia gente que no estará en condiciones de pagar, pero es imposible llegar hasta cada caso y resolver por acto de milagro cada situación. Aún comprendiendo que no se puede resolver todo, lo indiscutible es que ha logrado una mejoría sustantiva.
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Político. Periodista. Ensayista. Conferencista.
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